Existen muchos tipos de empresas que las hacen diferentes una de la otra, no hablamos de ventaja competitiva, cuál es más reconocida o cuál es mejor; nos referimos al giro en el que se desenvuelven.
Para establecer un nuevo negocio, tenemos que comprender los tipos de entidades legales existentes en Guatemala. América Central se ha convertido en un lugar importante para multinacionales extranjeras interesadas en hacer negocios entre América del Norte y Sur.
Aunque hay muchas empresas y tipos de sociedades, hablaremos de aquellas que se destacan en Guatemala:
- Empresa Individual: Está atada al número de identificación tributaria del propietario, es la más fácil de establecer y la más adecuada para micro o pequeñas empresas.
- Sociedad Colectiva: En esta sociedad los socios responden de “todas” las obligaciones contraídas independientemente de si fueron ellos individualmente los responsables; con los bienes aportados a la sociedad y con los propios de ser necesario; y por los demás socios si estos no pueden pagar. Por lo tanto cada socio puede, si los negocios van mal, pueden perder mucho más de lo invertido. Esta responsabilidad hace que en Guatemala esta forma mercantil sea la que menos se utiliza.
- Las Sociedades en Comandita: Esta puede ser simple o accionaria, se dan cuando una persona o varias personas aportan el capital y otra u otras personas aportan el conocimiento. La diferencia radica en que en la Sociedad Simple quienes aportan el capital responden únicamente por el monto de este, mientras que en la Sociedad Accionaria responden únicamente por el valor que representen sus acciones. Esta opción normalmente es tomada por quienes
- Sociedad de Responsabilidad Limitada: En esta sociedad los socios solo responden por sus aportaciones. Es una buena opción para pequeñas y medianas empresas.
- Sociedad Anónima: Es una de las más conocidas, permite que cada accionista responda únicamente por el pago de las acciones que le pertenecen.
Esta última es la sociedad más utilizada en Guatemala; hasta hace poco las acciones podían ser al portador y por lo tanto permitía el anonimato de los accionistas.